LAURA CENALMOR SÁNCHEZ | Fotografía: Pixabay |
La adopción es el proceso jurídico por el cual una o dos personas acogen como hijo al que biológicamente no lo es. Es una manera de otorgar deseo e ilusión a las familias que de forma natural no pueden concebir hijos. También puede darse el caso inverso: que la adopción signifique una nueva oportunidad para los menores que han nacido en una familia que no les puede cuidar debidamente.
El día 9 de noviembre se celebra el día de la adopción. Es una fecha en la que se anima a los afectados a dar a conocer sus historias para así facilitar que otras personas que lo deseen se decidan a adoptar. En este artículo se hablará de los diferentes tipos de adopción y de los trámites legales para llevarla a cabo.
Requisitos para adoptar
En España existen varios requisitos que se necesitan para culminar este proceso legalmente. Los futuros padres tienen que encajar en el rango de edad que se comprende desde los 25 a los 45 años. Además, deben contar con las condiciones necesarias para acoger adecuadamente a un menor. Por otro lado, la persona adoptada debe ser menor de edad y no puede estar emancipada. Tampoco puede tener ningún parentesco biológico con su futura familia. Una vez cumplidas estas condiciones, se requiere que las personas adoptantes rellenen todas las solicitudes y los trámites correspondientes.
Tipos de adopción
Hay diferentes tipos de adopción, la adopción plena existe cuando el adoptado obtiene los mismos derechos que si fuese el descendente biológico de los adoptantes (recibe sus apellidos, su familia e incluso la posibilidad de tomar la herencia de cualquiera de sus familiares adoptivos). Por otro lado, existe la adopción simple, por la cual el prohijado no recibe tantos derechos. Además, legalmente las parejas adoptantes del mismo género están registradas (inexplicablemente) en un apartado diferente llamado adopción homoparental.
La situación de las parejas homosexuales a la hora de adoptar
Las parejas del mismo género forman el colectivo que más dificultades se encuentra a la hora de adoptar. Aunque a partir del 2005, en España es legal este tipo de adopción (a pesar de los argumentos en contra que aún se escuchan),la ley solo ampara a las parejas homosexuales que hayan contraído matrimonio. Además, cuando se quiere acoger a un niño extranjero esto es mucho más complicado si la pareja es homosexual. Esto hace que los tiempos de espera se alarguen y que los trámites burocráticos sean cada vez más difíciles.
Debemos luchar para que todas las personas tengan las mismas posibilidades en este tema. El amor que puede recibir un menor de su familia no tiene nada que ver con la orientación sexual de esta.