MICHELLE ORTEGA RIVERO  |  Fotografía: Pixabay  |

El secreto profesional es un derecho primordial en la profesión periodística y también uno de los que más polémica crea a su alrededor. Acerca de este tema, Javier Darío Restrepo, experto en ética periodística, respondió en el Consultorio Ético de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI) a la cuestión que le planteaba un joven estudiante de Periodismo en Medellín, Colombia.

¿Hay un punto de equilibrio entre ignorar la relevancia democrática del secreto profesional y el convertirlo en un derecho absoluto? Para el Consultorio Ético la respuesta es positiva: el uso del secreto profesional como un servicio para cumplir el derecho a la información.

En base a los argumentos de Claudio Schifer y Ricardo Porto en el ‘Diccionario jurídico de los medios de comunicación’, Darío Restrepo considera que se deben aclarar algunas premisas. Como por ejemplo la razón de ser del secreto profesional, que supone un bien para la sociedad ya que le permite el acceso a más información. Su uso implica conseguir información de fuentes que solo lo harán protegiendo su anonimato. Asimismo, como todos los derechos y libertades, tiene limitaciones que se hallan en la responsabilidad del periodista de utilizar este secreto en defensa de la verdad, sin caer en el encubrimiento de falsedades.

Este derecho no establece un beneficio o privilegio para el periodista, sino que supone la mejora de la calidad del servicio informativo. Cumple una función social y, por tanto, está sujeto al derecho a la información. De esta manera, obligar a un periodista a revelar sus fuentes de información es una aspecto de censura.

La respuesta del periodista Javier Darío Restrepo es concisa, se trata de un derecho vital. «El derecho al secreto profesional puede invocarse hasta el límite extremo de la ley», señala el Código Internacional de Honor de la Prensa.