SOFÍA MARTÍN RUBIO  |  Fotografía: Pixabay  |

El Gobierno no plantea la prorrogación del Estado de Alarma el 9 de mayo, una vez haya finalizado el Real Decreto del 25 de octubre, por el que quedaban suspendidos varios derechos de los españoles. Se levantarían las medidas restrictivas seis meses después de su implantación, con la pretensión de haber inmunizado para esa fecha al 10% de la población. 

Destacan cuatro limitaciones que, finalizado el estado de emergencia sanitaria, caerán de inmediato. Entre ellas se encuentra el cierre perimetral de provincias y comunidades autónomas, que ha impedido el desplazamiento territorial, salvo para aquellos con causas justificadas. Del mismo modo, los españoles recuperarán la libertad de movilidad nocturna. Desaparecerá el toque de queda, que fue establecido desde las 23.00 hasta las las 06.00 horas, con la posibilidad de adelantarlo o retrasarlo una hora. 

Las reuniones sociales, tanto en lugares públicos como privados, podrán estar formadas por más de seis personas. El número permitido de miembros en los grupos ha variado desde el inicio de la pandemia. En grandes festividades, como la Semana Santa, tan solo estaba autorizado juntarse hasta un máximo de cuatro personas en sitios cerrados. Por otro lado, ya no se impondrá un aforo en los lugares de culto

Grupos con un número limitado de personas en los bares. / Fotografía: Sofía Martín

A partir de entonces, las decisiones de carácter sanitario las tomará el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que se encuentra formado por el Ministerio de Sanidad y los consejeros de las Comunidades Autónomas. Pese a la reticencia de prolongar durante más tiempo el Estado de Alarma, desde el Gobierno han asegurado que podría continuar si los expertos así lo recomiendan. 

Posturas en contra de la decisión

Varias Comunidades Autónomas, entre las que se encuentra Castilla y León, han mostrado su rechazo ante la decisión del Gobierno. No continuar con el estado de emergencia sanitaria supone la reducción de sus competencias para hacer frente al avance de la COVID-19. Según la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986 pueden establecer ciertas limitaciones, pero tan solo si cuentan con el aval de los tribunales.  

No es la primera vez que el Gobierno y las Comunidades Autónomas se encuentran en posiciones enfrentadas en lo referente a la gestión contra el coronavirus. Así sucedió con la decisión tomada por la Junta de Castilla y León de adelantar el toque de queda a las 20.00 horas. La falta de consenso entre ambas partes ha generado en más de una ocasión un ‘tira y afloja’ en la búsqueda de medidas eficaces.