ELENA ESTEBAN RAMOS | Fotografía: Pixabay |
En 2012, el hombre que mantenía una relación con Olvido Hormigos, entonces concejala de Los Yébenes, difundió sin su consentimiento un video erótico en el que aparecía. Dimitió de su cargo. Unos años más tarde, en 2019, comenzaron a circular vídeos de carácter sexual de una trabajadora por la planta de Iveco Madrid. La mujer, Verónica, se suicidó días después. Entre ambos casos se había producido una reforma del Código Penal para endurecer las circunstancias en las que difundir contenido sensible es delito. Sin embargo, el porn revenge y las agresiones grabadas siguen circulando por la red. Para atajarlas más rápido, la Agencia Española de Protección de Datos ha creado el Canal Prioritario.
Se trata de ‘un sistema que tiene como objetivo dar una respuesta rápida en situaciones excepcionalmente delicadas, como aquellas que incluyen la difusión de contenido sexual o violento’. La imagen de una persona, tanto en video como en foto, se considera un dato personal, y como tal está protegida por la legislación española. Por eso, la mayoría de espacios en Internet, como Google, Instagram o Twitter, contemplan mecanismos de reclamación para que el usuario que no esté conforme con la difusión de contenidos en los que aparece pueda solicitar su retirada. Solo cuando la petición se desestima los ciudadanos pueden presentar una reclamación en la Sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
La duración de este trámite en ocasiones no corresponde con la urgencia de situación si esta pone en peligro ‘los derechos y libertades de los afectados’. Bien porque estos sean colectivos vulnerables, como la infancia o las víctimas de violencia de género, bien cuando el contenido sea especialmente sensible porque tenga carácter sexual o violento. En estos casos, los afectados pueden hacer uso del Canal Prioritario indicando las circunstancias del incidente y en qué medios o direcciones web se ha publicado. De esta forma, la AEPD tiene vía libre para tomar medidas cautelares si así lo decide, e incluso abrir un proceso sancionador con los responsables de la difusión.
Hasta 2015, para que existiera un delito el vídeo difundido sin consentimiento tenía que ser robado u obtenido de forma ilícita. El caso de Olvido y la agitación mediática a su alrededor señalaron por primera vez lo injusto de la normativa. Ella había compartido el video con un hombre que acabó por difundirlo a sus espaldas. De la noche a la mañana, España entera lo había visto y compartido, incluso el propio alcalde de la localidad, Pedro Acevedo. Poco después de la reforma del Código Penal, la exconcejala pudo celebrar la noticia en una entrevista para Equipo de Investigación. ‘Si se hubiera quedado en el pueblo para mí habría sido muchísimo mejor, pero si hemos sacado algo bueno de esto me alegro muchísimo’.
Con esta reforma, el artículo 197.7 del Código Penal se mantiene como sigue: «será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella […]cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona». Sin embargo, aun después, sigue habiendo vacíos que impiden la actuación judicial. La Fiscalía no puede actuar de oficio por lo que solo hay repercusiones cuando la víctima denuncia.
En los casos de venganza pornográfica, cuando se difunden vídeos sexuales para chantajear o humillar a las mujeres, esto se convierte en un obstáculo mayor. La vergüenza o el temor a la pérdida de reputación entran en juego y muchas víctimas prefieren no hacer frente al agresor y sus cómplices. Verónica se quitó la vida en un entorno de acoso laboral. Después, los culpables quedaron impunes porque ella ya no estaba ahí para denunciarlos.
El Canal Prioritario tampoco puede sancionar las difusiones producidas por medio de mensajería instantánea o correo electrónico. Su línea de actuación pasa también por la educación ciudadana. Con su campaña ‘No es por la foto o el vídeo, es por todo lo que hay detrás’ apela a la responsabilidad individual para parar la cadena. Internet tiene memoria y es prácticamente imposible eliminar contenidos de sus servidores. Pero por esto mismo también recordará a todos los que con un like, un mensaje o un retweet colaboraron en difundir violencia.